TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que en el año 1994 se otorgaron las reducciones a las propiedades de la Parroquia San José de Balcarce, pero no fue incluído el inmueble de Parti-da Municipal Nº 3051/00 ubicado en Uriburu e/ 18 y 20 que según Declaración Ju-rada ocupó Caritas Parroquial. Que el mencionado inmueble mantiene deudas de ejercicios anterio-res. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 33/95 ------------------------------- ARTICULO 1.- Condónase la deuda registrada al 31 de diciembre de 1994, corres- ------------ pondiente a Parroquia San José de Balcarce.----------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------- ------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los diez días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco. FIR-MADO: Liliana E. Carrozzi - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.----------